Criterios de Obligación · Arts. 592, 593 y 594-3 E.T.
Obligación de Declarar Renta
Evaluación técnica de topes al 31 de diciembre de 2025 con la UVT oficial de $ 49.799. Basta con superar uno de los umbrales legales para estar obligado a presentar el Formulario 210 en el calendario oficial de la DIAN.
Resultado
Ningún tope se ha cruzado todavía. Complete las casillas o declare de forma voluntaria.
Patrimonio bruto al 31 de diciembre
Bienes y derechos apreciables en dinero, en el país o en el exterior.
Le faltan $ 224.096.000 para el umbral. Art. 592 E.T.
Ingresos brutos del año
Todos los ingresos, gravados o no, de cualquier cédula.
Le faltan $ 69.719.000 para el umbral. Art. 592 E.T.
Consumos con tarjeta de crédito
Incluye tarjetas propias y de terceros que usted use.
Le faltan $ 69.719.000 para el umbral. Art. 594-3 E.T.
Compras y consumos
Adquisiciones del año, con o sin factura.
Le faltan $ 69.719.000 para el umbral. Art. 594-3 E.T.
Consignaciones, depósitos e inversiones
Valor acumulado en bancos, fiduciarias y similares.
Le faltan $ 69.719.000 para el umbral. Art. 594-3 E.T.
Asalariados (art. 593)
Aunque el patrimonio e ingresos estén por debajo, el asalariado debe declarar si no cumple todos los requisitos extra: que al menos el 80 % de los ingresos provengan de una relación laboral, y que no se superen los topes de consumos, consignaciones y compras. Cedulario trata el cruce de cualquiera de los umbrales de 594-3 como obligación, que es la lectura más prudente del micrositio DIAN AG 2025.
1.400 UVT × $ 49.799 = $ 69.718.600 (DIAN publica $ 69.719.000). 4.500 UVT = $ 224.095.500 (DIAN publica $ 224.096.000).
Sin alertas por ahora. A medida que llene casillas, Cedulario le dirá por qué un tope aplica o no.
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